En la mayoría de los países hispanoparlantes, incluyendo el nuestro, se suele utilizar indistintamente las palabras "listado" y "lista" para referirse a lo mismo. Sin embargo, lingüisticamente esta aplicación puede ser incorrecta. La Real Academia de la Lengua Española contempla distintos significados para cada uno de estos vocablos, a saber:
En primer lugar, se entiende a la palabra "listado" como el participio pasado del verbo "listar". Por lo que se define como: "1. adj. Dicho de una persona: Alistada, sentada o escrita en lista.; 2. adj. Que forma o tiene listas."
Por otro lado, la palabra "lista" es definida como sustantivo femenino referido a: "Enumeración, generalmente en forma de columna, de personas, cosas, cantidades, etc., que se hace con determinado propósito."
Como vemos, nuestro error radica en que queriendo referirnos a una "lista" le llamamos "listado".
Traigo este asunto a colación porque nuestra Ley General sobre Libre Acceso a la Información Pública (200-04) no ha escapado a tal inobservancia. Es evidente que nuestros legisladores (o la comisión técnica encargada de hacer las correciones de estilo) pasaron por alto esta situación y plasmaron la palabra "listado" queriendo referirse a "lista" en los incisos "d" y "e" del artículo 3 de dicha ley.
Conocer esta diferencia es imperativo si queremos hacer una interpretación concienzuda y acertada del contenido de dicho articulado. Es decir, si queremos interpretar lo que la ley ha querido exigir que sea publicado en el servicio permanente de información pública no podemos definir la palabra "listado", ya que, como es de esperarse el significado que nos arrojará el diccionario la Real Academia de la Lengua Española se estará refiriendo a un verbo en participio y (obviamente) no a un sustantivo. Pero, por el símple análisis lógico-coherente debemos darnos cuenta de inmediato que un participio pasado no se corresponde con la línea gramatical de las citadas oraciones de los referidos literales "d" y "e". En tal sentido, debemos ir más allá y al aplicar el sentido común encontrar lo que los abogados llamamos "el espíritu de la ley" para darnos cuenta que la palabra que el legislador debió usar no es el participio pasado de "listar" sino el sutantivo "lista".
Estas anotaciones pueden resultarnos confusas o incluso chocantes, ya que desde nuestra infancia hemos sido educados para usar ambas palabras como sinónimos.
Finalmente, comparto un interesante artículo al respecto que he encontrado en los escritos de la Academia Dominicana de la Lengua. Espero les sea de provecho.
"LISTADO
Este es el participio pasado de LISTAR. Se le utiliza también como sustantivo masculino, así lo estipula la Academia.
No se considera que se deba confundir con la LISTA misma. La definición de LISTADO que trae el Lexicón Mayor es: “adj. Que forma o tiene listas”.
María Moliner, en su “Diccionario de uso del español”, es más cuidadosa en su definición para evitar la ambigüedad, escribe: “A listas. Con dibujo que forma listas”. Conforme con el buen criterio, redactado de esta forma no cabe duda de que la palabra es sinónima de RAYADO EN LÍNEAS RECTAS PARALELAS, pues eso es lo que se expresa.
Después del preámbulo anterior se puede llegar a enunciar que hay que distinguir entre LISTADO y LISTA. La primera palabra se refiere al género de tela o papel, o cualquier otro diseño o dibujo que lleve LISTAS. Se dice también de la persona que está alistada, sentada o escrita en lista. La LISTA es la enumeración o relación de personas o cosas.
Don Max Uribe estaba en lo cierto cuando escribía que “el vocablo LISTADO con la expresa valoración semántica de sustantivo significante de lista numerosa, así como la forma LISTADOS con el sentido de serie o conjunto de listas, voces o palabras. . . no constan en el Diccionario mayor de la Corporación de Madrid ni tampoco se hallan registradas en ninguno de los inventarios de americanismos. . . que con no poca diligencia hemos tratado de explorar”. Lo anterior se reprodujo de “Notas y apuntes lexicográficos” (1996). Estaba en lo cierto el maestro Max Uribe, pues las menciones aparecieron más tarde en los diccionarios que se mientan más adelante.
La primera referencia a “listado” la trae el “Diccionario del español de Argentina” (2000). Observa ese diccionario que es de uso en el lenguaje administrativo, “enumeración escrita de datos, generalmente dispuestos en columna”. Los mismos autores, Haensch y Werner, en el “Diccionario del español de Cuba” (2000) para el mismo vocablo registran lo siguiente: “Relación de datos, por escrito y generalmente en forma de columna”. Más adelante añaden: “En España, menos frecuente y restringido, generalmente, a la informática”. Tomado de la pagina oficial de la Academia Dominicana de la Lengua. http://www.academia.org.do/content/view/307/90/ (22/10/2009).
jueves, 22 de octubre de 2009
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