viernes, 23 de octubre de 2009

Acceso a oferta de licitación ganadora

¿Puede un oferente que no fue seleccionado en un proceso de licitación obtener copia de la propuesta ganadora?

En principio, en el caso expuesto y de conformidad con la Ley 200-04 y su Reglamento, el acceso debe ser permitido. Sin embargo, la Oficina de Acceso a la Información debe cerciorarse previamente que en la propuesta ganadora (documento a
entregar) no existan datos confidenciales legalmente protegidos. Me refiero, entre otros, a secretos comerciales, industriales, científicos o técnicos propiedad del oferente seleccionado y cuya revelación pudiera ocasionarle perjuicios económicos (Art. 17, literal “i”, Ley 200-04). En tal caso, el Responsable de Acceso a la Información (RAI) debe realizar las tachas correspondientes exclusivamente a los datos confidenciales y permitir el acceso a la demás información (Art. 28 y Art. 11, literal “k”, del Reglamento de la Ley 200-04).

Además de la Ley 200-04, la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones del Estado garantiza el acceso de estos oferentes no seleccionados a dicho expediente. Sobre esto, el artículo 3, numeral "3" contempla como "Principio de Transparencia y Publicidad" que: "Todo interesado tendrá libre acceso al expediente de contratación administrativa y a la información complementaria". De igual forma, el artículo 13 establece: “Toda persona que acredite algún interés podrá en cualquier momento conocer las actuaciones referidas a compras o contrataciones, desde su iniciación hasta la extinción del contrato, con excepción de las contenidas en la etapa de evaluación de las ofertas o de las que se encuentren amparadas bajo normas de confidencialidad. La negativa infundada a permitir el conocimiento de las actuaciones a los interesados se considerará falta grave por parte del funcionario o agente al que corresponda otorgarla. El conocimiento del expediente no interrumpirá los plazos de las distintas etapas de los procedimientos de contratación".


Adicionalmente, el oferente no seleccionado puede solicitar copia del informe donde los responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas recomiendan la selección de alguna oferta con indicación de las causas justificadas (Art. 25), así como “información pertinente a la evaluación de su oferta” (Art. 26, párrafo II).

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